Rescriptum ex Audientia: Previa consulta con la Santa Sede para la erección de Institutos diocesanos
20.05.2016
La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, consciente de que todo nuevo Instituto de vida consagrada, aunque surja y se desarrolle dentro de una Iglesia particular, es un don para toda la Iglesia, y advirtiendo la necesidad de evitar que se erijan en ámbito diocesano nuevos Institutos sin el suficiente discernimiento que confirme la originalidad del carisma, que defina los rasgos específicos que en ellos se consagren mediante la profesión de los consejos evangélicos e individue sus posibilidades reales de desarrollo, ha señalado la oportunidad de determinar mejor la necesidad, establecida en el canon 579 del CIC, de solicitar su opinión antes de proceder a la erección de un nuevo Instituto diocesano.